Es más que probable que los límites máximos para tributar en módulos se prorroguen en 2023.
![Prórroga de los módulos](https://asesoriareyescatolicos.com/wp-content/uploads/2022/11/OIP.jpeg)
Si los Presupuestos Generales del Estado para 2023 se acaban aprobando según su redacción provisional actual, los límites máximos vigentes de ventas y compras que permiten acogerse al régimen de módulos quedarán prorrogados un año más. En concreto, los límites quedarán en los siguientes términos:
Concepto (1) | Año 2023 | Año 2024 |
Ventas totales | 250.000 | 150.000 (2) |
Ventas a empresarios | 125.000 | 75.000 |
Compras (no inmovilizados) | 250.000 | 150.000 |
1. Volumen de operaciones realizadas en el año anterior. 2. En actividades agrícolas, ganaderas o forestales, el límite será de 250.000 euros. |
También está previsto que la reducción general aplicable a estos rendimientos, y que actualmente es del 5%, aumente al 10% en 2023.
Aunque su actividad cumpla los requisitos para seguir en módulos, si prevé una reducción de ingresos a partir de 2023, es posible que le salga a cuenta renunciar a ellos. Si desea renunciar, puede presentar una declaración censal en el mes de diciembre o bien ejercitar una renuncia tácita presentando la primera declaración trimestral de IVA de 2023 según el régimen general y el primer pago fraccionado de IRPF de 2023 según el régimen de estimación directa.
Nuestros profesionales analizarán si le conviene continuar en módulos o si, en su caso concreto, es mejor renunciar a ellos.