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Factura electrónica

Factura electrónica, la obligación de usarla es realidad según Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas. (BOE 29/09/2022)

No hay vuelta atrás. La factura electrónica ha venido para quedarse. Y no como una alternativa a la gestión de las empresas. Sino como la única viable desde el punto de vista legal. El Consejo de Ministros aprobará previsiblemente en los próximos días la nueva Ley de Creación y Crecimiento de Empresas, una norma llamada a marcar un punto de inflexión.

¿El motivo? La ley desencadenará profundos cambios en la forma de operar por parte de las empresas en esta materia. Así, una vez que entre en vigor, las compañías con más de 8 millones de euros en ventas al año tendrán que incorporar la factura electrónica a todas sus operaciones con otras empresas antes de 13 meses.

A partir del 1 de enero del 2024 la factura electrónica será obligatoria. La única fórmula legal ante la Agencia Tributaria (AEAT).

El resto de las empresas PYMES y Autónomos tendrán algo más de tiempo. Pero no mucho más. En enero del 2025 le llegará el turno al resto de firmas del tejido empresarial español.

Aunque está pendiente de desarrollo de un reglamento cuya elaboración matizará algunas cuestiones, lo cierto es que el desembarco de la factura electrónica es irreversible.

Sortear esta exigencia por parte de cualquier empresa será una temeridad. La nueva norma establece multas que parten de 10.000 euros por hacerlo

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