Hoy 15 de abril, el BOE ha publicado el Real Decreto-ley 14/2020, de 14 de abril, por el que se extiende el plazo para la presentación e ingreso de determinadas declaraciones y autoliquidaciones tributarias.
Resumiendo el artículo único, y de entrada en vigor 15 de abril de 2020, podemos trasladaros:
Las medidas podrán aplicarlas las empresas con un volumen de facturación inferior a 600.000 euros (para el resto seguirá siendo el 20 de abril de 2020 el plazo de presentación), y son:
- El plazo máximo de presentación de las declaraciones de este trimestre se pasa al 20 de mayo de 2020, y el plazo para las domiciliaciones será hasta el 15 de mayo.
- En las declaraciones ya presentadas con domiciliación en cuenta, no se efectuará el cargo hasta el 20 de mayo.
Esperemos que esta información le sea de utilidad.